Te esperamos !!
Comparte en tus redes
Facebook
Twitter
WhatsApp
Modelo 720: Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos en el Extranjero
Modelo 721: Declaración Informativa sobre Monedas Virtuales Situadas en el Extranjero
Modelo 720 y Modelo 721 (Hasta un máximo de 05 registros)
Modelo 720: Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos en el Extranjero
- Obligación de Información: Este modelo se utiliza para informar sobre tres tipos de activos mantenidos en el extranjero:
- Cuentas en entidades financieras en el extranjero.
- Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero.
- Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.
- Normativa: La obligación de informar está regulada en el artículo 42 bis, 42 ter y 54 bis del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria.
- Presentación: Se presenta anualmente, y se deben declarar las categorías mencionadas, únicamente si alguna de ellas supera el valor de 50.000€ al cierre del año 2025.
- Obligación de Información: Este modelo se utiliza para informar sobre la posesión de monedas virtuales (criptomonedas) mantenidas en el extranjero, siempre que estén custodiadas por terceros y estos no sean residentes en España o establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero.
- Normativa: La obligación de informar está definida en la disposición adicional decimoctava, letra d), de la Ley General Tributaria y en el artículo 42 quater del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria.
- Presentación: Se presenta anualmente, y se deben declarar las monedas virtuales custodiadas por terceros que no sean residentes en España y cuyo control esté fuera del territorio español. No existirá obligación de informar sobre ninguna moneda virtual cuando los saldos a 31 de diciembre de cada tipo de moneda virtual en el extranjero valorados en euros no superen, conjuntamente, los 50.000 euros. En caso de superarse dicho límite conjunto deberá informarse sobre todas las monedas virtuales
Desglose de Honorarios:
- Hasta un máximo de 05 registros 125€ + IVA
- Hasta un máximo de 10 registros 200€ + IVA
- Hasta un máximo de 15 registros 250€ + IVA
- Hasta un máximo de 20 registros 300€ + IVA
- Mas de 20 registros 12.5€ + IVA por registro adicional
Igualmente debe recordar que por ser cliente de Business Analítica siempre disfrutara de un 20% sobre cualquier producto o servicio que contrate con nosotros.
Para realizar la declaración necesitaremos que nos remita en el hilo de este mismo correo lo siguiente:
- Cuentas en entidades financieras en el extranjero:
- El promedio del último trimestre del 2025 y el saldo al 31/12/2025.
- La dirección detallada de la institución financiera.
- Número de cuenta.
- Participación.
- Titularidad Jurídica y Titularidad Real.
- Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero.
- Si son cotizados en mercados organizados el valor de compra, el medio del último cuatrimestre y el valor al 31/12/2025.
- Si no son cotizados el valor de constitución, del último balance aprobado y auditado favorable o el Nominal en el caso de instrumentos de deuda.
- Si son seguros, el valor de rescate al 31/12/2025.
- En todos los casos el nombre del mercado y/o del activo (código ISIN), del seguro o de la entidad jurídica
- En todos los casos la dirección del mercado y/o del activo, del seguro o de la entidad jurídica
- En todos los casos porcentaje y número de participaciones
- En todos los casos la dirección detallada de la institución financiera que es la depositaria de los valores.
- En todos los casos la Titularidad Jurídica y Titularidad Real.
- Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.
- El monto y fecha de adquisición.
- La ficha catastral.
- El valor de mercado que sea comprobable.
- La dirección detallada del inmueble.
- Participación.
- Titularidad Jurídica y Titularidad Real.
